La cesión de uso

 

La cesión de uso es un modelo de tenencia de vivienda que se utiliza en las cooperativas de viviendas colaborativas (cohousing). En este sistema, no compramos la vivienda ni la alquilamos, sino que participamos colectivamente en su gestión y disfrutamos del uso del inmueble bajo las condiciones establecidas por las personas socias de la cooperativa.

Cesión de uso, un modelo no especulativo

  • La propiedad del edificio es colectiva y existe un control democrático. Las personas miembros tenemos voz y voto en la toma de decisiones sobre el mantenimiento, los gastos y las normas de convivencia. No dependemos de un propietario externo ni de intereses inmobiliarios.

  • La cesión de uso favorece la estabilidad y seguridad sin especulación. A diferencia del alquiler, donde el inquilino puede ser desalojado o sufrir aumentos de renta, la cesión de uso garantiza estabilidad a largo plazo. Las viviendas no se pueden vender a terceros ni especular con su precio, ya que el inmueble siempre pertenece a la cooperativa.

  • Es un modelo sostenible y comunitario. Fomenta la vida en comunidad, con espacios compartidos y privativos, además de apoyo mutuo entre las personas residentes. Permite un diseño más eficiente y sostenible, con soluciones ecológicas y adaptadas a las necesidades del grupo.

  • Es un proyecto más accesible económicamente. No es necesario hacer una gran inversión inicial como en la compra de una vivienda. Las personas socias aportamos una cantidad inicial, que es retornable en caso de salida y pagamos una cuota o canon mensual más asequible que un alquiler convencional.

La cesión de uso es una forma de acceso al uso de la vivienda para toda la vida sin necesidad de comprar o alquilar. La cesión de uso se caracteriza principalmente en que la persona no tiene la propiedad de la vivienda, sino que la propiedad tanto de la vivienda como de los espacios comunes es siempre de la cooperativa; no existe división horizontal. La persona socia de la cooperativa adquiere un derecho permanente de uso tanto sobre la vivienda como sobre los espacios comunes pagando una aportación inicial obligatoria al capital social que le es devuelta al finalizar su relación con la cooperativa. La cesión de uso está plenamente desarrollada en la legislación española.

La cesión de uso es una forma de acceso al uso de la vivienda para toda la vida sin necesidad de comprar o alquilar. La cesión de uso se caracteriza principalmente en que la persona no tiene la propiedad de la vivienda, sino que la propiedad tanto de la vivienda como de los espacios comunes es siempre de la cooperativa; no existe división horizontal. La persona socia de la cooperativa adquiere un derecho permanente de uso tanto sobre la vivienda como sobre los espacios comunes pagando una aportación inicial obligatoria al capital social que le es devuelta al finalizar su relación con la cooperativa. La cesión de uso está plenamente desarrollada en la legislación española.

En caso de fallecimiento o baja de la cooperativa por cualquier otra razón, la aportación inicial obligatoria al capital social le será devuelta bien a las personas herederas o a la socia si la baja no fuera por fallecimiento. Sin embargo el derecho de uso de la vivienda y espacios comunes de la cooperativa regresa a la cooperativa, que será quien determine, en aplicación de la ley y los estatutos de la cooperativa, quien podrá detentar nuevamente ese derecho de uso. Es la intención de estos proyectos, favorecer que las personas que convivían (conviviente no socia) con la persona que causa baja de la cooperativa, sea quien tenga preferencia en la adquisición del derecho de uso vacante, para así seguir siendo parte del proyecto.

En caso de fallecimiento o baja de la cooperativa por cualquier otra razón, la aportación inicial obligatoria al capital social le será devuelta bien a las personas herederas o a la socia si la baja no fuera por fallecimiento. Sin embargo el derecho de uso de la vivienda y espacios comunes de la cooperativa regresa a la cooperativa, que será quien determine, en aplicación de la ley y los estatutos de la cooperativa, quien podrá detentar nuevamente ese derecho de uso. Es la intención de estos proyectos, favorecer que las personas que convivían (conviviente no socia) con la persona que causa baja de la cooperativa, sea quien tenga preferencia en la adquisición del derecho de uso vacante, para así seguir siendo parte del proyecto.

¡Está usted usando un navegador desfasado!

Hemos detectado que está usando Internet Explorer en su ordenador para navegar en esta web. Internet Explorer es un antiguo navegador que no es compatible con nuestra página web y Microsoft aconseja dejar de usarlo ya que presenta diversas vulnerabilidades. Para el uso adecuado de esta web tiene que usar alguno de los navegadores seguros y que se siguen actualizando a día de hoy como por ejemplo: